Declaración de la renta 2019. Gestoría Asesoría Hermes en León

Novedades Renta 2019

   Novedades  Renta del 2019:  

– Exención de tributar por IRPF las prestaciones por maternidad y paternidad

-Los limites exentos de becas públicas y entidades sin fines lucrativos para estudios reglados son de 6.000 € para el 2º ciclo universitario y de 21.000 € para el 3º ciclo

-Desde el día 5 de Julio de 2018 se elevó hasta los 10.000 € la exención en el caso de los premios de loterías y apuestas.

-Quedan exentas de tributar los vales o cheques de comida hasta las    11 € diarios

-Los inmuebles urbanos , salvo la vivienda habitual y el suelo sin edificar generan una renta a efectos fiscales del 2% del valor catastral revisado y del 1.1% el no revisado , se han de incluir como rendimientos del capital inmobiliario los alquileres turísticos

– Importante novedad es la ampliación a 1000 € la deducción por maternidad por los gastos de guardería por tener hijos de menos de 3 años matriculados en centros infantiles o guarderías SIEMPRE QUE SEAN CENTROS AUTORIZADOS  , no se podrá optar a esta deducción cuando se este en excedencia o

cobrando prestación por desempleo , así como si estas cobrando ayuda por parte de tu empresa para la guardería

-Deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad cuando carezca de rentas, salvo exentas, superiores a 8000 euros al mes y sin derecho a deducciones por descendiente o ascendiente con discapacidad

-Cláusula suelo : La cuantía y  los intereses de la compensación por las cláusulas suelo de su hipoteca están exentas de tributar. Conviene revisar este punto del borrador y tener en cuenta que sí lo deberán hacer las cuantías obtenidas si afectan a la deducción aprovechada por la compra de vivienda.

-Autónomos :  Aquellos que trabajen en su propia vivienda , el borrador de la renta incluirá nuevas casillas que les permitirán deducir los gastos de agua , gas, luz , teléfono e internet hasta en un 30% sobre los metros cuadrados de la vivienda.

Podre deducirse gastos en establecimientos de restauración y hotelería en los que se paguen por medios electrónicos , con un limite máximo de 26,67 € diarios en España y de 48,08 € en el extranjero